Gozar de aguas puras y cristalinas ha sido, es y será capital para todas las sociedades. En la Requena del siglo XVII, y de otros tiempos, resultaron imprescindibles las dispensadas por las fuentes de Rozaleme, Reinas, del Peral, Caños de las Pilas y del Pino. Las ordenanzas municipales, como las de 1622, trataron de preservar sus mejores condiciones, con no escaso esfuerzo.
A despecho de las severas dificultades de la época, los vecinos impulsaron en la medida de sus posibilidades la artesanía y la labranza, lo que ocasionó más de un problema en la pureza del agua de las fuentes.
Las balsas donde se cocían los linos y los cáñamos resultaban especialmente perjudiciales tanto para las fuentes como para las acequias. No pocos, además, lavaban en las balsas sus ropas y paños, agravando el problema.
La autoridad municipal permitió las balsas entre la villa y el puente del Catalán, e incluso en los regajos de la huerta, con precaución, pero no en el regajo de Utiel ni en el viejo del camino de arriba, comprendiendo el área vedada hasta las fuentes de Rozaleme y Reinas. No obstante, desde las eras del Molino al Pontón sí se autorizaban las balsas.
Como la labranza también podía ocasionar males en las aguas de las fuentes del Peral, Caños de las Pilas y del Pino, se extremarían las precauciones en el área comprendida entre el arranque del camino del río Magdalenas (el Magro) y el camino de Utiel arriba hasta las cruces de Juan Mateo, la acequia debajo de la huerta de Martín Ruiz, la heredad de Juan Rabadán y la acequia abajo, hasta abandonar el camino del regajo de la Noguera. Los mil maravedíes de pena para los infractores dan cumplida muestra del interés en preservar tal extensión de elementos contaminantes de las aguas. Asimismo, los infractores de las disposiciones sobre las balsas debían pagar los correspondientes daños. No era cosa de broma la cuestión en un tiempo de fuertes epidemias.
Fuentes.
COLECCIÓN HERRERO Y MORAL, I.
