El día 1 de enero es hoy en día para muchos de convalecencia tras la fiesta de la Nochevieja. Nadie en su sano juicio se plantearía realizar unas elecciones en esta jornada.
En la Requena de finales del Antiguo Régimen las cosas se contemplaron desde otro punto de vista. La circular real del 31 de marzo de 1761 había fijado la elección de los oficiales municipales de las Españas el primero de enero, sin exceptuar a los de señorío. La variedad de fechas en las elecciones de las distintas localidades causaba una penosa impresión al reformismo borbónico. Además, algunos interesados se escudaban en que no se habían cobrado los tributos reales para prolongar su tiempo en el oficio.
En 1690 se practicó en Requena la elección de los oficiales de justicia un ocho de octubre. Cien años después la cita se había avanzado según lo establecido por la susodicha circular.
En estas elecciones se juntaban desde 1767 en la sala capitular el corregidor o en su defecto el regente real de la jurisdicción ordinaria, el alcalde mayor de la noche, los regidores, el caballero a sierra (también guarda mayor del campo y la huerta), y el diputado del común. Cada uno podía escoger hasta dos candidatos, eligiéndose el que más votos consiguiera.
Se escogían por un año los llamados oficiales de justicia, en verdad una enorme variedad de oficios no sólo de carácter judicial, sino también administrativo, fiscal, policial, urbanístico, sanitario y asistencial. Bien podemos decir que las funciones de las actuales concejalías se distribuían anualmente entre los mismos regidores y sus personas de confianza dentro del vecindario. Tal sistema se mantuvo con variantes bajo la Constitución de 1812.
A cada candidato se le podía impugnar durante el proceso electoral del primero de enero atendiendo a incompatibilidades familiares, adeudos, imposibilidad física o incompetencia. También los mismos candidatos podían formular objeciones para no ser escogidos. En 1785 Joaquín de Cantos y Martín Ruiz adujeron la distancia de sus fincas de la villa para no ser elegidos regidores comisarios. No se les aceptó la razón.
El primero de enero de aquel año se escogieron primero los regidores comisarios, que en muchas ocasiones tenían que lidiar con asuntos muy espinosos que afectaban a la dignidad de la Corona y al bienestar del vecindario. A continuación se elegían por este orden el procurador síndico general (atendiendo a la representación del minoritario estado noble), el regidor diputado de propios, los alcaldes de la Santa Hermandad, los abogados consultores, el depositario de débitos y tercias, el escribano (generalmente revalidado el del ejercicio anterior), el depositario o mayordomo del real pósito, los caballeros a sierra y de la nómina, el portero y alcaide de la prisión municipal, el cobrador del acopio de sal, el receptor de bulas, el receptor del papel sellado, el médico, los cirujanos, los acequieros, los veedores y tasadores de daños, el pesador de la harina, los guardianes de los campos, los procuradores ante la Audiencia, la matrona, los alcaldes y fieles de fechos de Fuenterrobles, Caudete y de la Venta del Moro, el repartidor de la sal y los cabos de las escuadras. ¡Ni más ni menos más de cuarenta personas escogidas el primer día del año! Y eso que no se eligieron a los distintos examinadores de oficios como se practicaba a fines del siglo XVII.
Evidentemente la elección de tales personas ya estaba suficientemente madurada, y cada capitoste local favorecía a sus seguidores. No contentos con tan maratoniana jornada, los munícipes se encargaban de otros asuntos. En la citada de 1785 sacaron tiempo para dar lectura a una pragmática sanción sobre la vagancia de los gitanos o castellanos nuevos, y a resolver la cuestión del avecinamiento de Francisco García Cepeda y Herrero. ¡No era poco!
FUENTES.
Archivo Municipal de Requena. Libro de actas municipales de 1686-95 (3269) y de 1785-88 (2738).
