Los grandes males contra la madre naturaleza…
La preservación de los montes y de sus numerosos recursos ha sido crucial para las comunidades de la Europa del Antiguo Régimen. Su agotamiento les privaba de madera para la construcción, calefacción en los duros inviernos, refugio de sus ganados o sus buenos dineros al venderla a otros. La sociedad local, la república, no solamente se empobrecía, menoscabando peligrosamente el ideal de autosuficiencia económica, sino que también se resquebrajaba más, al acrecentarse las distancias entre los poderosos y los menudos, sin acceso parejo al poder y a los medios públicos.
En Requena, las ordenanzas de 1622 encarecieron la conservación de los montes de su extendido término. Se había intentado desde mucho antes regular la tala, y el 1 de noviembre de 1590 se había autorizado en Campo Arcís. Sin embargo, el problema de las cortas ilegales adquirió gravedad en el tránsito del siglo XVI al XVII, tras años de expansión agrícola y ganadera. El 2 de septiembre de 1604 se consideró en peligro las extensiones de pinos carrascos, y se previno contra la tala de olivos.
De entrada, se cortaban bastantes árboles para conseguir madera para edificar, tanto en una villa en remodelación como en las casas de campo. A modo de ejemplo, vemos como el regidor Cristóbal Montero logró el 26 de octubre de 1600 la licencia de corte de cincuenta pinos para una casa. Y no fue precisamente el único. Pedro Ferrer consiguió doce de la Serratilla el 7 de diciembre del mismo año para las barracas de la dehesa del ardal de Campo Arcís, Francisco de Villanueva el 22 de aquel mes logró sesenta para su casa de labor, y el 4 de enero de 1601 Asensio Martínez se hizo con cuarenta para el reparo de su casa.
A la altura de 1622, según el sentir de los redactores de las ordenanzas, la actividad ponía en riesgo no el equilibrio que hoy en día llamaríamos ecológico, sino el económico, pues privaba a los ganados de abrigo y áreas de recogimiento, particularmente en el tiempo de oxales y mieses. Décadas más tarde, el 19 de marzo de 1698, se emplearía todavía tal argumento para limitar las artigas, pero se le añadiría el del encarecimiento para los vecinos de la cada vez más alejada madera.
La derrota de mieses o rotación de cultivos, de gran importancia en tierras castellanas, entrañaba que el concejo distribuía generalmente en dos hojas sus terrazgos, uno de labranza y otro de barbecho, en el que podían entrar los ganados de los vecinos. La historiografía ha resaltado recientemente el acomodo entre labranza y ganadería que se dio en la Castilla moderna, incluso entre ganados trashumantes (como los de la Mesta) y los estantes. Entre 1450 y 1526, según Felipe Ruiz Martín, los más abundantes serranos trashumantes coexistieron con los estantes de los llanos, pero de 1527 a 1578 los estantes superaron en número a los trashumantes. Los pleitos fueron frecuentes entre los señores de ambos tipos de ganado entre 1572 y 1602, extendiéndose a lo largo del XVII. En 1631, el antiguo alcalde entregador de la Mesta Miguel Caxa de Leruela defendió la ganadería estante en su Restauración y abundancia de España, aparecida en Nápoles. La consideró esencial para el equilibrio de las comunidades castellanas. En Requena, tierra de importantes dehesas, la ganadería resultó crucial por aquel entonces.
Y sus voluntariosos y discretos remedios.
Con una cuestión de tan gran trascendencia, los munícipes de Requena intentaron en 1622 coger el toro por los cuernos. Se propuso que no se dieran licencias en gran cantidad. Un modo, para conseguirlo, pasó por concederlas solamente los jueves en sesión semanal del cabildo. Aleccionados por años de incumplimientos, se suponía de antemano que el respeto no sería muy estricto que digamos, y se anunciaron las inevitables sanciones.
Las penas ya eran severas en otros supuestos, pues entre 1603 y 1606 las quemas de pinares fueron importantes. Todo infractor, con independencia de su condición social, pagaría 100 maravedíes por cada pino arrasado, ascendiendo a 6.000 si se trataba de una gran cantidad. En el caso de las licencias, se optó por invalidar en 1622 las otorgadas sin ajustarse a lo ordenado. Toda madera decomisada beneficiaría a la villa, vendiéndose si fuere preciso. Quien no observara la forma de otorgar licencias pagaría los gastos y las engorrosas costas judiciales.
En el fondo, se apuntaba a los prohombres y a los regidores díscolos, más gustosos de hacer su voluntad que de cumplir lo establecido. Bien visto, se les disparaba con pólvora mojada, incluso por razones que iban más allá de su control de la vida municipal. Los apuros económicos de la hacienda local se trataron de enjugar por todos los medios, en particular cuando la monarquía exigía nuevas sumas de dinero. Por 272.000 maravedíes pudo el valenciano Bernardino de Amaya arrendar por un sexenio un pedazo de pinar del término a inicios del atribulado siglo XVII. Guardar los equilibrios fue, como poco, complicado, muchas veces más un deseo que una realidad.
Fuentes.
COLECCIÓN HERRERO Y MORAL, I.
Bibliografía.
DÍEZ SANZ, Enrique, La Tierra de Soria. Un universo campesino en la Castilla oriental del siglo XVI, Madrid, 1995.
GALÁN, Víctor Manuel, Requena bajo los Austrias, Requena, 2017.
RUIZ MARTÍ, Felipe y GARCÍA SANZ, Ángel (editores), Mesta, trashumancia y lana en la España Moderna, Barcelona, 1998.
