Actualmente, las viñas son uno de los emblemas de Requena, cuyos paisajes resultan muchas veces irreconocibles sin las mismas. En otros tiempos, carecieron de la misma extensión, pero no dejó de reconocerse su importancia, ya que en la sociedad del Antiguo Régimen el vino tuvo una importancia más que sobresaliente, llegando a ser consagrado en misa.
La protección de las viñas, en las ordenanzas de 1622, no dejó de ser la extensión del principio aplicado en la defensa de la huerta, con sus alfalfas, cebadas, hortalizas y habas citadas expresamente. Con todo, las viñas merecieron un tratamiento más meticuloso.
Se vedó a toda persona que acercara cabalgaduras a las viñas, cuyos dueños podían padecer claro menoscabo, singularizándose en las ordenanzas las cepas y los sarmientos. Tales problemas podían darse con las labores de acarreo, especialmente cuando se cruzaban heredades ajenas.
Los perros no debían andar sueltos, fueran de caza (los mastines) o de ganado. Se estipuló que debían de ir noche y día con una rastra al cuello para evitar los daños, por lo menos de vara y media, bajo pena de 600 maravedíes. Al perro que dañara las viñas incluso se le podía matar y su dueño debía pagar el duplo de lo dañado. No se podía evadir la responsabilidad con el envío de hijos o criados. Además, se advirtió severamente que quien no pagara pasaría diez días en la cárcel municipal y cuatro en el cepo, de forma infamante.
Tampoco se podían recoger espárragos desde Pascua de Resurrección hasta cuando se hubiera cogido el fruto de las viñas, pues podía ser otra excusa para robar uva. Los mayores de doce años serían penalizados con 300 maravedíes y al menos dos días de prisión, algo que parecía dirigirse contra los braceros carentes de heredades. De no pagar la pena, la reclusión subiría a cuatro días.
La carencia de madera para ejes y cubos no dejaba de perjudicar a la viticultura. Los vecinos, con menoscabo, debían salir de la jurisdicción de Requena. Para evitar perjuicios y males mayores, se reiteró que no se podía cortar sin permiso olmo o rama del mismo árbol, bajo pena de 600 maravedíes y pérdida de la madera. La protección de la viticultura y de las viñas no era nada irrelevante.
Fuentes.
COLECCIÓN HERRERO Y MORAL, I.