Las responsabilidades municipales no siempre han apetecido a los vecinos más encumbrados de Requena. Su ejercicio a veces supuso una cantidad de responsabilidades y sinsabores carentes de compensación. Durante la guerra de la Independencia las exigencias de las fuerzas patriotas y napoleónicas, regulares e irregulares, se conjugaron con el hartazgo del agotado pueblo para convertir en indeseable la regiduría a unos cuantos.
Al finalizar 1810 Requena no se encontraba bajo el dominio napoleónico, pero una buena parte de España escapaba del control de los patriotas. En Andalucía se habían encajado temibles pérdidas y en las Indias había prendido la rebelión abierta contra las autoridades metropolitanas. El año 1811 se encaraba con perspectivas muy pesimistas.
Pese a todo, el 31 de diciembre de 1811 el corregidor de Requena don Pablo Jover autorizó a proceder según lo dispuesto en la real provisión de 24 de diciembre de 1793 sobre elección de cargos municipales.
Los regidores que habían ejercido sus empleos en 1809 y 1810 deberían escoger a los ocho del año entrante, la mitad entre los hidalgos y la otra mitad entre los del estado general, en la sala capitular a las diez de la mañana del primero de enero ante la presencia del procurador síndico general. Serían citados por cédula entregada por el portero municipal y en caso de incomparecencia pagarían una multa de veinte ducados.
La jornada resultó laboriosa, pues a las cinco de la tarde de aquel primero de enero también se procedió a la elección de los oficiales de justicia y del concejo, sin olvidar a los empleos de la república o de servicio social como los médicos y los cirujanos.
El 3 de enero, sin embargo, algunos protestaron su nombramiento como regidores. El noble don José de la Cárcel Marcilla adujo su comisión de defensa como incompatibilidad, Antonio García Cepeda ser padre prolífico, José Antonio Enríquez sus negocios en Utiel y Ginés Herrero y Cros ser primo hermano de los regidores Pedro José de Cros y Antonio Cepeda.
Miguel García Leonardo se opuso a estas solicitudes y José Antonio Enríquez se sumó finalmente a su parecer al dañar al común. Se escudaron en la provisión de la Real Chancillería de Granada del 21 de enero de 1795, que sirvió para que el corregidor de entonces no enturbiara el espíritu renovador del nuevo régimen municipal impidiendo la elección de varias personas que no gozaban de su favor.
Así pues, el procurador síndico tomó nota de la protesta sin aceptar las renuncias. A partir del 3 de enero se nombraron las comisiones de los repartimientos de contribuciones ordinarias, alojamientos de tropas, etc. integradas por los propios regidores.
Visto el panorama, cambiaron de táctica: José de la Cárcel Marcilla recordó oportunamente su condición de hermano político del elector Francisco Antonio Herrero y Antonio García Cepeda la de padre político de Basilio Sáez.
Más lejos fue Andrés María Ferrer de Plegamans, caballero de la orden de San Juan. Tras pretextar varias veces enfermedad para no acudir a jurar, se supo que gozaba de buena salud en la ciudad de Valencia según respuesta de un criado al portero municipal. El municipio lo puso en conocimiento de la Real Audiencia de Valencia, que al final lo exoneraría teniendo en cuenta que se acababa de casar y las leyes del reino le permitían no ejercer en cuatro años. Se le deseó desde la Audiencia toda la felicidad en la infeliz España como recompensa de su particular odisea. Fernando VII no estuvo solo en la evasión de sus responsabilidades.
Fuentes.
ARCHIVO MUNICIPAL DE REQUENA. Libro de actas municipales de 1808-12 (nº. 2733).
